Aress Corredores de Seguros S.A

Consumidor
Informado

Derechos


¿Cuáles son los derechos de los consumidores financieros de seguros?


Un consumidor financiero de seguros tiene derecho a:

  • Recibir la póliza o el certificado que respalda la adquisición del seguro.
  • Conocer el valor de la prima del seguro y los costos asociados.
  • Recibir explicación clara sobre el funcionamiento del seguro y las aclaraciones respectivas sobre cualquier duda relacionada con el mismo.
  • Obtener atención y respuesta oportuna a preguntas sobre la póliza, su funcionamiento y los aspectos relacionados con el vínculo entre el cliente, la compañía de seguros y el corredor de seguros.
  • En algunos seguros, puede solicitar voluntariamente la terminación del contrato de manera unilateral en cualquier momento.
  • Ser informado del proceso, requisitos y la forma en que se debe reportar un siniestro.
  • Conocer oportunamente cualquier cambio en su seguro.
  • Elegir libre y voluntariamente el intermediario o corredor de seguros que lo asesorará a tomar su seguro y lo acompañará durante su vigencia, así como la compañía de seguros con quien contratará la cobertura solicitada.
  • Presentar, en caso de requerirlo, consultas, peticiones, quejas o reclamos sobre la atención o actuación de ARESS CORREDORES DE SEGUROS, dirigida directamente a sus oficinas o al Defensor del Consumidor Financiero, quienes tramitarán y contestarán sus requerimientos conforme a la ley.
  • Elegir y contratar la cobertura de seguro que más se acomode a sus necesidades e intereses.
  • Conocer de manera veraz, oportuna, clara y completa las condiciones que rigen su contrato de seguro.

Deberes


¿Cuáles son los deberes de los consumidores financieros de seguros?


Los consumidores también tienen diversas obligaciones con la compañía, tales como:

AL MOMENTO DE ADQUIRIR EL SEGURO:

  • El consumidor deberá declarar sinceramente el estado real del riesgo porque cuando se omite información o esta es inexacta, se puede generar la nulidad del contrato de seguros.
  • Mantener el estado del riesgo declarado.
  • Cumplir con las garantías definidas.
  • Pagar la prima correspondiente dentro de las fechas establecidas.
AL MOMENTO DE PRESENTARSE UN SINIESTRO:

  • Dar aviso del siniestro a la compañía de seguros dentro de los 3 primeros días después de la ocurrencia del siniestro, o los días que se establezcan por condiciones particulares.
  • Evitar la propagación del siniestro.
  • Demostrar ante la aseguradora la ocurrencia del siniestro y la cuantía de la pérdida.
  • En caso de incumplimiento de alguna de las obligaciones, la ley contempla sanciones que pueden afectar el pago de la indemnización del siniestro.
  • Dar aviso a la aseguradora en caso de que tenga más de una póliza que lo ampare frente al mismo riesgo.

PUNTOS DE ATENCIÓN

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